Les recordamos
que en virtud de la Cláusula Tercera
del Acuerdo Salarial suscripto el
día 18 de mayo de 2012, homologado mediante Resolución de la Secretaria de
Trabajo Nº 763 del día 30 de mayo de
2012, junto con los haberes del mes de noviembre se deberá abonar la primera
cuota de la Gratificación Extraordinaria No Remunerativa, de pesos quinientos cincuenta ($ 550,00).
Adjuntamos al pie
el texto del mencionado Acuerdo y quedamos a disposición para cualquier
consulta sobre el particular.
Cordiales saludos,
CAFMEI