viernes, 16 de enero de 2015

ADIMRA UOMRA Mesa de análisis y coordinación

SRES. ASOCIADOS
Si su empresa se encuentra comprendida en los supuestos debajo  expuestos, pedimos completar la información y enviarla a rm@cafmei.org.ar
Atte
Mariano Spinosa
Gte. Gral de CAFMEI

 Buenos Aires, enero 15 de 2015

Señor
Presidente de Cámara
Presente
 
De nuestra mayor consideración:
Tenemos el agrado de dirigirnos a usted, con relación a la ejecución del acuerdo suscripto con la UOMRA el día 6 del corriente mes, que se adjunta al presente correo.
En ese sentido se informa que ADIMRA ya ha comenzado a organizar con la UOMRA la constitución de la "MESA DE ANALISIS Y COORDINACION", para el estudio de los casos de empresas que se encuentren comprendidas en alguna/s de las siguientes situaciones:
a) aplicación actual del Programa de Recuperación Productiva (REPRO);
b) las que estén aplicando suspensiones por falta o disminución de trabajo no imputable al empleador o fuerza mayor en los términos de los artículos 218, 219, 220, 221 y 223 bis de la Ley de Contratos de Trabajo;
c) las que tengan abiertos procedimientos preventivos de crisis en los términos de los arts. 98 y siguientes de la Ley 24.013; y/o
d) las que estén incorporadas en Programas de Emergencia Ocupacional declarados en los términos de los arts. 106 y siguientes de la Ley precedentemente citada, a las cuales no se les aplicará en forma automática el Acuerdo suscripto el día 6 del corriente mes y año, sino a consideración de la Mesa de Análisis y Coordinación, tal cual lo prevé la cláusula PRIMERA del mismo.
A tal fin, las empresas que se encuentren encuadradas en alguna de las circunstancias explicitadas, podrán presentar su situación dirigiéndose a:
1) aquellas empresas asociadas a alguna de las Cámaras adheridas a ADIMRA: a la dirección de correo electrónico de la Cámara adherida a ADIMRA a la cual la Empresa se encuentre asociada (ver direcciones de correo electrónico de las Cámaras en la página web de ADIMRA/CAMARAS INTEGRANTES).
2) aquellas empresas asociadas directamente a ADIMRA o no asociadas a ninguna Cámara: dirigirse a politicasocial@adimra.org.ar.
Para tal fin, deberán remitir los siguientes datos y antecedentes:
  • Razón Social de la Empresa
  • Copia de la presentación efectuada, con todos sus antecedentes, mediante la cual se solicitó la apertura del procedimiento preventivo de crisis, así como de la resolución de la autoridad administrativa laboral que declaró la apertura de dicho procedimiento
  • Copia de las resoluciones y antecedentes documentales de los que surja la incorporación de la empresa en el Programa de Recuperación Productiva o en el de Emergencia Ocupacional
  • Copia de las comunicaciones dirigidas al personal mediante las cuales se aplicaron las suspensiones al personal en los términos arriba expuestos, y –en su caso- de los acuerdos individuales y colectivos celebrados en los términos del art. 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo
  • Demás antecedentes complementarios que sirvan de sustento para demostrar la inclusión de la empresa en algunas de las situaciones arriba descriptas.

Quedamos a su disposición por cualquier aclaración que estime pertinente.

Atentamente.


ING. RUBEN COCCA                        ING. GERARDO VENUTOLO
  Secretario General                                      Presidente