En el dia de la fecha CAFMEI participó de una reunión el el Min. de Economiía por el tema Fondo para el Desarrollo Económico Argentino (FONDEAR).
Seguidamente el informe:
Cuatro funcionarios del Ministerio asignados al tema, fueron los que lo presentaros, ellos fueron Ana Laura Fernández , Nicolás Borafidio, Natalia García y Aida Pasqualini (leader del equipo FONDEAR)
Expuso la Srta. Ana Laura Fernández, explicando mediante un power point, lo siguiente:
FONDEAR se constituye como un Fondo Fiduciario Público, fideicomiso financiero y de administración, vigente para todo el territorio nacional. En este caso, el Estado Argentino, en su carácter de Fiduciante le encomienda a Nación Fideicomisos S.A. la administración de los fondos. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas es la Autoridad de Aplicación de FONDEAR y la aprobación de los proyectos estará a cargo de un Comité Ejecutivo conformado por representantes de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el Ministerio de Economía, el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca, el Ministerio de Industria, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, y el Banco de la Nación Argentina.
FONDEAR facilitará el acceso al crédito y al financiamiento necesario para:
FONDEAR se constituye como un Fondo Fiduciario Público, fideicomiso financiero y de administración, vigente para todo el territorio nacional. En este caso, el Estado Argentino, en su carácter de Fiduciante le encomienda a Nación Fideicomisos S.A. la administración de los fondos. El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas es la Autoridad de Aplicación de FONDEAR y la aprobación de los proyectos estará a cargo de un Comité Ejecutivo conformado por representantes de la Jefatura de Gabinete de Ministros, el Ministerio de Economía, el Ministerio de Agricultura Ganadería y Pesca, el Ministerio de Industria, el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, y el Banco de la Nación Argentina.
FONDEAR facilitará el acceso al crédito y al financiamiento necesario para:
- Proyectos en Sectores Estratégicos: con potencial exportador, capacidad de sustituir importaciones, incorporación de tecnología, generación de puestos de trabajo o agregación de valor a la cadena productiva.
- Proyectos de Producciones Innovadoras: actividades innovadoras con elevado contenido tecnológico, surgidas a partir de desarrollos, conocimientos y capacidades generadas en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (Ley 25.467).
- Proyectos de Economías Regionales: para agregación de valor o fortalecimiento de los sectores o cadenas de producción prioritarias para las economías regionales, mejoras de logística, reducción de asimetrías de información, transparencia en la comercialización y trazabilidad de productos, diferenciación y diversificación de productos y desarrollo del mercado interno.
Se priorizarán los proyectos que generen encadenamientos productivos; desarrollen una producción a escala eficiente; promuevan el crecimiento del empleo; mejoren la competitividad y el aumento de la inversión productiva; y/o mejoren la balanza comercial externa, mediante el desarrollo exportador y la sustitución de importaciones.
Tomando en cuenta los lineamientos detallados, se priorizan los proyectos orientados a los siguientes sectores:
a) Automotriz y autopartes
b) Bienes de capital y sus partes y piezas: sembradoras y pulverizadoras; máquinas de corte, plegadoras y prensas; máquinas para la elaboración de alimentos y bebidas; equipamiento médico y odontológico; motores a combustión y eléctricos; equipamiento para el sector eléctrico (transformadores para distribución; conductores de alta, media y baja tensión; aparatos de control y distribución de energía eléctrica; equipos de generación eólica; turbinas de energía hidráulica; transformadores de potencia utilizados en transporte); material ferroviario e industria naval; insumos y bienes de capital para la industria del petróleo y gas (bombas y válvulas para la industria petrolera, bombas centrífugas, compresores para equipos de gas, equipos de sondeo y perforación, químicos para la recuperación terciaria y para la recuperación no convencional, equipamiento para refinación de petróleo y tratamiento de gas natural, equipos para gas natural (GNC), arenas de fractura).
c) Insumos metálicos de uso difundido:
d) Medicamentos:
e) Petroquímica y plásticos:
f) Transporte de carga y logística:
g) Electrónica:
h) Petróleo y gas: exploración y explotación, convencional y no convencional; refinación de petróleo crudo liviano y pesado; separación de gases.
INSTRUMENTOS:
- Gastos elegibles:
Con carácter no excluyente, los siguientes rubros serán considerados gastos elegibles de financiamiento con recursos de FONDEAR.
a) Maquinarias y/o partes de maquinarias;
b) Equipamiento;
c) Homologaciones y certificaciones;
d) Materias primas;
e) Productos semielaborados;
f) Construcción, reformas y modificaciones edilicias y/o de instalaciones en plantas industriales o centros de distribución y logística;
g) Estudios y análisis de preinversión para Proyectos de Apoyo a Producciones Innovadoras.
- Prestamos
a) Proyectos de Inversión
b) Proyecto de adquisición de capital de trabajo incremental y/o para resolver situaciones críticas debidamente justificadas
La tasa de interés, el porcentaje de financiamiento, así como el plazo, dependen de cada proyecto y del tipo de empresa. No es lo mismo para una Pyme que para una empresa grande, y esto lo define el Comité Ejecutivo.
Para consultas dirigirse a fondear@mecon.gob.ar
Pag. web: www.fondear.mecon.gob.ar